¿Qué debe aportarnos para cualquiera de estos trámites?

Si tiene que hacerse el psicotécnico para el carnet de conducir, en cualquiera de los trámites antes descritos, solo deberá aportarnos la siguiente documentación:

  •  DNI o NIE.
  •  Carnet de conducir. (Solo en caso de Renovar carnet de conducir)

¿Cuándo puedo renovar mi carnet de conducir?

Puedes realizar la renovación del carnet de conducir al mínimo 3 meses antes de que caduque, o bien, ya caducado el mismo. Ten presente que nosotros no multamos ni ponemos penalidades porque el carnet esté caducado, solamente realizamos el trámite de renovarlo, si lo tiene caducado hace mucho deberá no haber conducido desde el día de su caducidad.

Si renueva dentro de los últimos 3 meses de vigencia, la DGT mantiene la caducidad, por lo tanto no perderá tiempo con la renovación.

¿Me entregáis un carnet provisional?

Sí. Tráfico, en el mismo momento en que tramitamos su carnet de conducir, nos devuelve una Autorización Temporal para conducir que podrá utilizarla junto a su DNI.

¿Qué vigencia tiene esta Autorización Temporal?

La Autorización Temporal tiene una vigencia de 3 meses, una vez la obtenga en nuestro centro de forma inmediata, ya tiene validez y podrá conducir sin problemas.

¿Cuánto tiempo suele durar el envío por parte de Tráfico de mi carnet de conducir renovado?

El tiempo depende de Tráfico y, sobre todo, Correos.

Por lo general suelen tardar alrededor de 15 días, pero dependiendo si hay festivos, y cualquier retraso por parte de alguno de ellos, puede demorar un poco más.

Puede comprobar el estado de su carnet en el siguiente enlace perteneciente a la propia DGT.

Una vez su carnet figure como enviado ya debe saber que está en manos de Correos. Debe tener bien claro su nombre en el buzón para evitar que sea devuelto.

¿Qué hago si aún no me ha llegado el carnet?

Por parte nuestra todos los carnets son emitidos y renovados, sin embargo, es cierto que en ciertas ocasiones si Correos no entrega el carnet puede perderse, pero no se preocupe, en estos casos Tráfico nos exige que debemos esperar como mínimo 75 días desde la renovación del mismo, y entonces es posible reclamarlo a Tráfico. Tiene 2 opciones:

  •  Personarse a Tráfico y hacer la solicitud de duplicado del carnet, no deberá abonar ninguna tasa extra porque ha realizado el trámite hace menos de 5 meses (Importante, si reclama el carnet pasados 5 meses desde la renovación, Tráfico cobra una nueva tasa por duplicados). En este caso Tráfico le verificará la dirección y le dará a elegir si entregarlo en su domicilio o bien se lo llevan a ellos y usted lo vuelve a recoger.
  •  Pasar por nuestro centro y hacer los mismos trámites de la opción anterior pero en nuestro centro. Nos firmará una autorización para solicitar su duplicado, si está dentro del plazo no deberá abonar la tasa de duplicados, nosotros iremos a Tráfico y lo solicitaremos, pero en este caso no habrá opción, siempre deberá volver a buscarlo a nuestro centro debido a que a los centros solo nos permiten esta alternativa, recogerlo en Tráfico y luego el cliente recogerlo en nuestro centro.

En el caso del resto de trámites ¿qué se me entregará?

Para cualquiera de los demás psicotécnicos de esta categoría se le entregará un informe de su aptitud psicofísica, el cual igualmente recibe Tráfico en el momento del examen psicotécnico, y ambos deben coincidir exactamente. Igualmente el trámite es muy rápido y enseguida tendrá todo hecho.

¿Qué validez tienen los psicotécnicos?

Estos informes deberán ser presentados a Tráfico en un plazo máximo de 3 meses, de lo contrario deberá volver a examinarse completamente.

En el caso de la obtención del carnet de conducir, una vez presentado en Tráfico dentro de sus 3 meses de validez, tiene hasta 2 años para aprobar el examen de conducir.

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